18 jul 2011 año - Reforma Nº 34: Recursos naturales no renovables
Descripción:
La explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del Estado una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte. La ley solo determinará las condiciones para dicha explotación, mas no sobre los derechos de las entidades territoriales sobre los mismos.
Añadido al timeline:
Timeline: Reformas de la constitucion politica de colombia 1991
fecha: