6 agos 2002 año - Reforma Nº 14: Periodos de cuatro años para gobernadores
Descripción:
Mediante esta reforma se dispuso que la elección de gobernadores, alcaldes, concejales y ediles será por elección popular durante periodos institucionales de cuatro años y no podrán ser reelegidos. Sobre las faltas absolutas a más de 18 meses de la terminación del periodo, se elegirá un nuevo funcionario por el tiempo que falte.
Añadido al timeline:
Timeline: Reformas de la constitucion politica de colombia 1991
fecha: