REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación.
Artículo 32-A del Código, los contribuyentes que
opten por dictaminar sus estados financieros deberán presentar,
directamente o por conducto del contador público que haya elaborado
el dictamen, a través de medios electrónicos y de conformidad con
las reglas de carácter general que al efecto emita
el Servicio de Administración Tributaria, la siguiente información
y documentación.."
DOF: 02/04/2014 (jan 3, 2014 – sep 19, 2014)