Ley General Penitenciaria de 1979.
El sistema de individualización científica en el art. 72. (feb 23, 1979 – jan 1, 2020)
Description:
Establece que «[las] penas privativas de libertad se
ejecutarán según el sistema de individualización científica, separado en grados, el último de los cuales será el de libertad condicional.
CARACTERISTICAS:
1.- «una relación directa con el tratamiento que necesita cada penado.
2.-«la asignación de grado en función de la personalidad del
penado y sobre todo en relación con su actividad delictiva»
3.- «libertad de grado en la clasificación inicial»
4.- «decisivos, predominantemente, para la progresión o regresión, los criterios que radican en la persona, no los externos o jurídico-penales.
5.-la existencia de regímenes de vida distintos.
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