El gobierno militar de la Revolución Libertadora incorporó a la Constitución los derechos sociales: Condiciones dignas y equitativas de labor. Jornada limitada. Descanso y vacaciones pagas. Retribución justa. Salario mínimo vital y móvil. Participación en las ganancias de la empresa. Protección contra el despido arbitrario. Estabilidad del empleo público. Organización sindical libre y democrática. Derecho de huelga.