may 5, 1878 - Plan Tuxtepec
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A consecuencia del Plan de Tuxtepec, el Congreso de la Unión reforma el artículo 78 de la Constitución, en el que se establece que el presidente permanecerá en su cargo cuatro años, no pudiendo ser reelecto para el periodo inmediato, ni ocupar la presidencia por ningún motivo, sino hasta pasados cuatro años de haber cesado en el ejercicio de sus funciones.
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