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April 1, 2024
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nov 5, 2015 - Correo Nueva EPS a nomina

Description:

De: Nueva EPS Prestaciones Economicas [mailto:[email protected]]
Enviado el: viernes, 6 de noviembre de 2015 10:02 a. m.
Para: [email protected]
CC: [email protected]
Asunto: Respuesta Solicitud Radicado VO - GRC - DPE - 618878 NIT 860353684



Bogotá, D.C., 05 de Noviembre de 2015.

VO - GRC - DPE - 618878 - 15





Señor(es):

SALVAGUARDAR LTDA

KR 14 74 B 43 SUR

3784045

BOGOTA D.C.





Asunto :



Solicitud Pago Incapacidad.



Respetado(a) señor(a):



Reciba un cordial saludo en nombre de NUEVA EPS S.A. Agradecemos su confianza al exponernos sus inquietudes.



En respuesta a su comunicación en referencia, nos permitimos informar que una vez revisada la solicitud de pago de las incapacidades:

2450853 1050458150 YEVENIS TESILLO



Nueva EPS S.A. determinó que NO reconocerá las prestaciones económicas luego de identificar que éstas son inferiores a 3 días, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo 1 del Decreto 2943 de 2013: “Serán de cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondiente a los dos (2) primeros días de incapacidad laboral originada por enfermedad general, tanto en el sector público como en el privado. En ningún caso dichas prestaciones serán asumidas por las Entidades Promotoras de Salud o demás entidades autorizadas para administrar el régimen contributivo en el SGSSS a las cuales se encuentren afiliados los incapacitados”.



Por otro lado queremos informar que no es posible dar reconocimiento económico a las incapacidades, teniendo en cuenta que durante el seguimiento que se realizó al(a) usuario(a) MARCOS VILLACOSTA identificado con cédula 16482680, Nueva EPS S.A. pudo establecer que presenta 180 días continuos de incapacidad.



Como es de su conocimiento, las Empresas Promotoras de Salud EPS están obligadas a reconocer hasta 180 días de incapacidad consecutivos por un mismo concepto, acorde con la Parte 4 de la circular 011 de 1995 emitida por la Superintendencia de Salud.



A partir del día 181 el reconocimiento pasa a ser responsabilidad del fondo de pensiones en el cual se encuentra afiliado el usuario. En tal caso, lo invitamos a ponerse en contacto con el respectivo fondo de pensiones.



Esperamos haber aclarado su inquietud y le expresamos nuestra permanente disposición para atenderlo (a).



Cordialmente



CESAR ALFONSO GRIMALDO DUQUE

Director de Prestaciones Económicas





Original : Dirección de Prestaciones Económicas

Elaboró : Luz M.





La presente respuesta es emitida como mensaje de datos y contiene una firma digital válida para todos sus efectos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 527 de 1999.

Favor abstenerse de responder a esta cuenta de correo electrónico ya que se trata de un envío automático.



NOTA: POR FAVOR REVISE EL ANEXO EL CUAL ESTA EN FORMATO ZIP Y CONTIENE ARCHIVOS PDF, PARA ESTO REQUIERE QUE SU EQUIPO TENGA INSTALADO ADOBE READER.

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EG Sr Villacosta

Date:

nov 5, 2015
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