jan 1, 1750 - Codificacion Iusnaturalista
Description:
ELEMENTOS:
1. La Vision burguesa post revolucionaria.
2- Codificacion Moderna.
3. Contexto Historico.
4. Absolutismo Juridico.
5. Problematica.
6. Que Codificar.
7. Como Codificarlo.
1. LA VISIÓN BURGUESA POST-REVOLUCIONARIA (9)
Esta es la mentalidad que inspira la codificación después de la Revolución Francesa. En palabras simples:
1. Igualdad ante la ley
Todos son iguales jurídicamente. Se eliminan privilegios.
2. Libertad individual
La persona es libre para contratar, trabajar, circular.
3. Propiedad privada como derecho central
La propiedad se vuelve la base del orden económico.
4. Seguridad jurídica
Todos deben saber exactamente qué dice la ley.
5. Rechazo del Antiguo Régimen
Se elimina:
• El feudalismo
• Los privilegios
• Las leyes especiales por estamento
6. Predominio del individuo sobre los cuerpos colectivos
El sujeto principal ya no es el gremio o el estamento, sino la persona.
7. Centralización del poder en el Estado
Solo el Estado produce el Derecho.
8. Ley como única fuente del Derecho
El Derecho se identifica con la ley escrita.
9. Racionalidad del sistema jurídico
Todo debe ser claro, ordenado y lógico.
2. CODIFICACIÓN MODERNA
La codificación moderna es:
La transformación del Derecho en un sistema único, escrito, ordenado y creado por el Estado a partir de principios racionales del Derecho natural.
Ya no hay:
• Pluralismo jurídico
• Costumbres con valor autónomo
• Opiniones de juristas como fuente principal
Ahora hay:
• Un solo Código
• Una sola ley
• Un solo Estado
CONTEXTO HISTÓRICO
Este proceso ocurre cuando:
• Se derrumba el orden medieval
• Se debilita definitivamente:
• La Iglesia como autoridad jurídica
• El Sacro Imperio
• El Ius commune
• Avanza:
• El Estado moderno
• La Ilustración
• El iusnaturalismo racionalista
• Las revoluciones burguesas
Resultado:
El Estado necesita un Derecho claro, único y controlable.
ABSOLUTISMO JURÍDICO (según Paolo Grossi)
Significa que:
El Estado concentra todo el poder para crear Derecho.
Consecuencias:
• Solo la ley del Estado es válida
• Se eliminan fuentes alternativas:
• Costumbre
• Jurisprudencia creadora
• Derecho canónico
• Se impone el principio:
“Un Estado, un Derecho”
3. PROBLEMÁTICA DE LA CODIFICACIÓN
Aquí surgen dos grandes preguntas del libro:
3.1. ¿QUÉ CODIFICAR?
Había tres opciones:
1. Codificar solo normas deducidas del Derecho natural racional
2. Codificar el viejo Derecho:
• Leyes antiguas
• Costumbres
• Opiniones de juristas
3. Mezclar ambos
Decisión final:
Se optó por crear un nuevo Derecho positivo inspirado en el Derecho natural racional.
3.2. ¿CÓMO CODIFICARLO?
El método fue:
• El legislador selecciona qué entra al código
• Solo se acepta lo que:
• Sea claro
• Sea racional
• Sea general
• Sea sistemático
• Todo debe convertirse en:
• Conceptos precisos
• Definiciones claras
• Normas ordenadas
Influencias directas:
• El método lógico-deductivo de Christian Wolff
• La mentalidad ilustrada
Resultado:
El Derecho se transforma en un gran sistema cerrado de normas legales.
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