jan 1, 1400 - Recepción del Derecho Romano
Description:
ELEMENTOS:
Recepcion del Derecho Romano.
1. El Ius Commune.
2. Causas Cientificas.
3. Caracteristicas.
4. La Recepcion.
5. Factores que la favorecieron.
6. Factores que la Obstaculizaron.
EL IUS COMMUNE:
• Es el nuevo Derecho común de Europa medieval.
• Nace a partir de:
• La recuperación del Derecho romano de Justiniano
• El trabajo de:
• Glosadores
• Comentaristas (Consiliatores)
• Convive con:
• Los iura propria (derechos locales)
• Las costumbres
• El Derecho canónico
• Las leyes reales
• Es el:
• Derecho más complejo
• Más elaborado
• Más científico del Medievo
• Estuvo vigente:
• Hasta el siglo XIX
CAUSAS CIENTÍFICAS
(Solo lo que dicen tus páginas)
• La recuperación de los textos romanos justinianeos.
• El trabajo de:
• Los Glosadores
• Los Comentaristas / Consiliatores
• La:
• Lectura
• Exégesis
• Enseñanza del Derecho romano
• La enseñanza a través de:
• Las universidades
• El surgimiento de una:
• Ciencia jurídica medieval
CARACTERÍSTICAS
• No sustituye por completo a los derechos locales:
• Convive con ellos
• Solo se reciben:
• Las partes esenciales del Derecho romano y del ius commune
• Da lugar al conflicto:
• Ius commune vs iura propria
• No fue igual en todos los países:
• Hubo:
• Recepción temprana
• Recepción tardía
• Recepción intensa
• Recepción leve
• Incluso no Recepción
• Puede haber:
• Recepción teórica → enseñanza en universidades
• Recepción práctica → aplicación en tribunales
• Solo hay Recepción real cuando se aplica en jueces, tribunales, escribanos y administración.
LA RECEPCIÓN DEL DERECHO ROMANO
• Es la:
Admisión de partes esenciales de un Derecho extranjero o extinguido sin imposición violenta.
• El Derecho “extraño” fue:
• Primero el Derecho romano de Justiniano
• Después el Ius commune
• El pueblo receptor:
• Fueron los pueblos europeos
• No entró por la fuerza:
• Entró por:
• Las universidades
• Los tribunales
• No destruyó los derechos previos:
• Los enriqueció
• Fue distinta según regiones:
• Francia, Alemania, Castilla, Aragón, Portugal, Países Bajos, Inglaterra, Escocia.
• En Inglaterra:
• Aunque se enseñó en:
• Universidad de Oxford
• Universidad de Cambridge
• No se aplicó en tribunales
• → No hubo Recepción práctica
FACTORES QUE FAVORECIERON LA RECEPCIÓN
(Solo de tus páginas)
• Haber pertenecido en la Antigüedad al:
• Imperio romano
• La vida urbana
• El uso del latín
• La existencia de universidades
• La debilidad de los iura propria
• La levedad del poder político
• Las nuevas exigencias culturales
• Al inicio, la existencia del:
• Sacro Imperio Romano Germánico
FACTORES QUE OBSTACULIZARON LA RECEPCIÓN
• La ausencia de romanización previa
• La fuerza de los iura propria
• Una clase judicial local fuerte
• El ambiente rural
• La inexistencia de universidades
• El Papado y la Iglesia (al inicio)
• Los señores feudales
• Los reyes medievales (al inicio)
• El factor más decisivo:
• La capacidad de los iura propria para resolver los nuevos problemas.
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