jan 1, 1000 - Derechos Bajomedievales / Ius Mercatorum.
Description:
(Baja edad Media)
ELEMENTOS:
1. RENACIMIENTO URBANO.
2. IUS MERCATORUM.
3. CARACTERISTICAS.
4. INSTITUCIONES.
5. RECOPILACIONES.
- Surgen en un periodo de relativa paz en Europa despues de las invasiones.
- Se desarrollan gracias al:
Aumento de la produccion agricola.
Crecimiento de la poblacion.
Recuperacion del comercio.
- Existe una realidad juridica plural. donde conviven al mismo tiempo:
Ius Mercatorum.
Ius Commune.
Derecho Feudal.
Derecho Canonico.
Leyes de las monarquias.
Costumbres rurales, urbanas y gremailes.
Se caracteriza por Levedad del poder politico.
Pluralismo Juridico.
Renacimiento Urbano
• El comercio reaparece:
• Primero en las costas
• Luego en el interior de los reinos
• Se reactivan y amplían los caminos romanos.
• El comercio primero atiende a los burgos y después a la ciudad.
• Aparece una nueva clase social:
• Los comerciantes o burgueses
• Los burgos se transforman en ciudades gracias al comercio.
• Con la ciudad surge:
• La vida intelectual en Europa
• La ciudad crea una nueva sociedad organizada en:
• Corporaciones
• Gremios
• Estados u oficios
• Cada corporación tiene:
• Reglas propias
• Derechos propios de origen consuetudinario
• En la ciudad también surgen:
• El ius commune
• La legislación de los reyes (desde el siglo XIII)
• El Derecho municipal
Ius Mercatorum
(Ius Mercatorum)
• Es el Derecho de los mercaderes.
• Es un Derecho de clase.
• Surge:
• De las prácticas, usos y costumbres comerciales
• Dentro de los gremios de comerciantes
• Es un Derecho:
• Creado al margen del Estado
• Sin intervención de autoridades políticas
• De formación corporativa
• No fue creado por:
• Municipios
• Monarquía
• Tuvo:
• Jurisdicción propia
• Sanciones propias
• Se difundió por toda Europa por ser:
• Práctico
• Ágil
• Confiable
• Sencillo
• Se convierte en una especie de nuevo ius gentium.
• Posteriormente el Estado:
• Lo transforma en ley
• Y lo codifica
• Al inicio fue menospreciado por los juristas por no estar en textos antiguos.
• En el siglo XVI, con Benvenuto Stracca, se convierte en ciencia jurídica con:
• De Mercatura sive de Mercatore
Características
• Derecho:
• Consuetudinario (basado en la costumbre)
• Corporativo
• Autónomo frente al Estado
• No existe un solo Derecho, sino muchos Derechos al mismo tiempo.
• El poder político es débil.
• Existe pluralismo jurídico.
• Surge dentro de un contexto de:
• Comercio
• Vida urbana
• Corporaciones
• Ciudades
Instituciones
• Gremios
• Corporaciones
• Consulados
• Tribunales propios del comercio
• Cabildos
• Concejos municipales
Instrumentos e instituciones comerciales mencionadas en tu texto:
• Letras de cambio
• Guildas
• Monedas
• Ferias
• Garantías
• Banca
• Intereses
• Consulados
• Echazón
• Contratos mercantiles
• Lucro cesante
• Usura
• Sociedades mercantiles
Recopilaciones (primeras normas escritas del Derecho Mercantil)
(Aparecen desde comienzos del siglo XI)
• Tabula Amalphitana
• Capitulare Nauticum
• Roles de Olerón
• Llibre del Consolat de Mar
• Costumbres de Tortosa
• Leyes de Wisby
• Black Book of the Admiralty.
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