5 Feb 1917 Jahr - Constitución de 1917
Propiedad originaria de la Nación
Beschreibung:
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Zugefügt zum Band der Zeit:
Minar vs. Conservar
Cambios constitucionales
Datum:
Abbildungen: