9 янв 1849 г. - Inicio batalla para disolver
los Resguardos bajo presidencia
de José H. López
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Fuente: Sanchez Lopez 2021 Conflicto Agrario Y Democracia Indígena En El Tolima. El Gran Resguardo Ortega-Chaparral 1930-38
Para la segunda mitad del siglo XIX, la política de Estado buscó impulsar el ingreso al mercado exterior y al libre comercio mediante la expropiación de bienes de la iglesia y la supresión de los resguardos. En 1849, durante la presidencia de José H. López se inició una ardua batalla por suprimir los resguardos hasta la Constitución de 1886, y en medio, el Decreto del 9 de septiembre de 1861 de la Recopilación de las disposiciones fundamentales i reglamentarias sobre crédito nacional i desamortización de bienes de manos muertas de la Confederación Granadina. 15
Para fines del siglo, la Ley 89 de 1890 “por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada” por medio de Misiones, estableció la legislación que regiría los asuntos de tierras, resguardos y organización de cabildos. En especial el capítulo 5 “División de terrenos de resguardos” fue el punto problemático en 1930, pero también
fue esta ley la que les permitió a los indígenas defenderse jurídicamente desde la legalidad. Otras tres leyes que conflictuaron con la propiedad comunal fueron la ley 5 de 1905 que ratificó la subasta pública y los derechos
de los rematadores, la ley 104 de 1919 que corroboró la división de resguardos y que castigaba la oposición indígena 16 y la ley 19 de 1927 ‘‘sobre división de resguardos
indígenas’’.
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