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August 1, 2025
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26 gen 1976 anni - Decreto 132 de 1976: Por el cual se transforma el Servicio Colombiano de Metereología e Hidrología

Descrizione:

En el artículo 1° se decreta que el Servicio Colombiano de Metereología e Hidrología se llamará Instituto Colombiano de Hidrología, Metereología y Adecuación de Tierras (HIMAT).

En el artículo 2° se establece que el HIMAT es un establecimiento público dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

En el artículo 4° se estipula que las funciones del HIMAT serán:
"1. Realizar los estudios para lograr el necesario conocimiento del territorio y espacios nacionales, desde los puntos de vista hidrológico y metereológico.
2. En forma directa o en cooperación con otras entidades, producir, recopilar, evaluar, analizar, conservar y divulgar la información de carácter hidrológico y meteorológico y que el país requiera.
3. Elaborar el inventario nacional de los recursos hídricos y formular recomendaciones para su mejor aprovechamiento y conservación.
4. Hacer la clasificación climática del territorio nacional.
5. Prestar los servicios de aviso y pronóstico de índole hidrológica y meteorológica que competen al Estado.
6. Adoptar las medidas necesarias para que la operación de las redes meteorológicas e hidrológicas, el procesamiento, análisis y difusión de los datos, se realicen conforme a las normas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de acuerdo con los compromisos adquiridos por el país con tales entidades.
(...)
8. Realizar los estudios y diseños, construir las obras necesarias, para la regulación de las corrientes y demás cuerpos naturales de agua, con miras al control de inundaciones, avenidas y estiajes.
9. Realizar los estudios y construir obras hidrotecnias de uso múltiple. Estas labores serán adelantadas en coordinación con los organismos públicos interesados en ellas, quienes contribuirán a su financiamiento en la parte que les corresponda.
10. Adelantar obras de recuperación y adecuación de tierras con el fin de lograr su pleno aprovechamiento.
11. Por delegación del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- (...).
a. Ejecutar las obras de adecuación de tierras ordenadas en la Ley 135 de 1961 (...).
b. Concluir la construcción de los distritos de adecuación de tierras que hubiere iniciado el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-.
c. Administrar los distritos de adecuación de tierras que se concluyan en desarrollo de lo previsto en los literales anteriores y los que en la actualidad posea el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-, todo de conformidad con las disposiciones vigentes".

En el artículo 6° se propone que "En las áreas en que se han constituido, se construyen, o se construyan distritos de adecuación de tierras, el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-, conservará y ejercerá la totalidad de las funciones que las disposiciones vigentes le señalan, especialmente en materia social agraria".

En el artículo 7° se plantea que "La contribución de valorización que hubiere lugar a cobrar en los distritos de adecuación de tierras, construidos por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-, continuarán siendo de propiedad de dicha entidad y podrá ser recaudada por el Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -HIMAT- (...)".

En el artículo 8° de acuerdo con el artículo 4° el Inderena traspasará al HIMAT, los bienes y elementos destinados a la ejecución y desarrollo del Proyecto Colombo Holándes de regulación fluvial y defensa contra las inundaciones en la cuenca Magdalena-Cauca. Asímismo, el HIMAT sustituirá al Inderena en los contratos de emprésito y en los convenios de Asistencia Técnica.

En el artículo 9° se define que "Tanto en las obras que construya o administre por delegación del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- y en las que ejecute en desarrollo de sus funciones y distribución de las aguas será ejercida por el Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -HIMAT-".

Fuente:

Decreto 132 de 1976. Por el cual se transforma el Servicio Colombiano de Meteorología e Hidrología. 26 de enero de 1976. El presidente de la Republica de Colombia.

Aggiunto al nastro di tempo:

Data:

26 gen 1976 anni
Adesso
~ 49 years ago

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