15 sett 1971 anni - Acuerdo 26 de 1971: Por el cual se sustrae un área de la Reserva de La Macarena, se le da el régimen de PNN y se le fijan nuevos linderos
Descrizione:
La Junta Directiva del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables (Inderena) en uso de sus facultades conferidas por el Decreto extraordinario 2420 de 1968 y considerando:
1. Por medio de la Ley 52 de 1948 se declaró como Reserva Biológica con fines científicos el territorio de la Sierra de La Macarena, en el departamento del Meta, y facultó al Gobierno Nacional para reglamentar y fijar los límites de la Reserva.
2. Por medio del Decreto 2963 de 1965 se señalaron los límites de la Reserva Biológica de La Macarena.
3. De acuerdo con el literal b del artículo 23 del Decreto Extraordinario 2420 de 1968, corresponde al Inderena delimitar, reservar y administrar las áreas que se consideren necesarias para la protección de las aguas, los bosques y la fauna, y autorizar la sustracción de zonas dentro de estas reservas.
4. De acuerdo con el mismo Decreto, el Inderena está facultado para reservar y administrar las áreas que presenten condiciones especiales de fauna, flora, paisaje o ubicación con fines científicos, educativos, recreativos o estéticos.
5. Que es necesario sustraer de la Reserva de La Macarena la zona donde se encuentran establecidos colonos, para contribuir a la solución del problema social allí existente, el cual tiene una de sus causas en la ocupación de áreas reservadas, a donde por razón de su condición jurídica no pueden extenderse los servicios del Estado.
6. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria solicitó al Inderena sustraer de la Reserva de La Macarena la zona ocupada por colonos, para adelantar la adjudicación de las respectivas parcelas.
7. Que el régimen de PNN permite mayor agilidad administrativa para el manejo adecuado de los recursos y de los motivos de la reserva sin detrimento de la investigación y del estudio de los mismos.
De forma que se acuerda:
En el artículo 1° sustraer de la Reserva de La Macarena el área aproximada de 501.350 héctareas.
En el artículo 2° se establece que la Reserva de La Macarena será administrada bajo el régimen de PNN.
En el artículo 3° se manifiesta que en relación con el artículo anterior, la Reserva será nombrada Parque Nacional Natural La Macarena.
En el artículo 5° se faculta al Gerente General del Inderena para contratar con el Instituto Agustín Condazzi los levantamientos de las cartas topográficas, política, edáfica y ecológica, así como el amojonamiento de los linderos del Parque Nacional Natural La Macarena.
Fuente:
Acuerdo 26 de 1871 [Ministerio de Agricultura]. Por el cual se sustrae un área de la Reserva de La Macarena, se le da el régimen de Parque Nacional Natural y se le fijan nuevos linderos. 15 de septiembre de 1971.
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