4 lugl 1991 anni - Artículo 82 de la CP
Descrizione:
"Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.
Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común."
Aggiunto al nastro di tempo:
Data: