15 dic 1993 anni - Faltas en las corporaciones públicas (Acto Legislativo 03 - Dic. 15)
Descrizione:
 Además de definir faltas temporales o absolutas de los miembros de las corporaciones públicas, la disposición señala que serán suplidas por los candidatos que, según orden de inscripción, en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral. Las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución se extienden a quienes asumen estas funciones. 
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