1 jun 494 año aC - Secesión de la plebe al Monte Sacro
Descripción:
La caída de la monarquía etrusca y la correspondiente victoria oligárquica colocaron a la cabeza del Estado al antiguo consejo real, que ahora ya no se encontraba frenado por la autoridad central de la civitas, representada por el rey. Pero esta victoria de los representantes de las gentes patricias no podía significar ya, tras la etapa real, una regresión al sistema gentilicio. Se oponía a ello la existencia de una civitas compleja socialmente en el interior.
No hay duda de que en todos los ámbitos del Estado la monarquía había sido sustituida por una oligarquía patricia, sin ninguna participación del estamento plebeyo. La constitución aristocrática no dejaba otro recurso a la plebe o a la parte activa de ésta que intentar por vía revolucionaria la consecución de sus reivindicaciones, mediante la organización de una comunidad que defendiera a sus miembros, impuesta por la fuerza al Estado patricio.
El protagonista no es la plebe en su conjunto, sino sólo la fracción de propietarios plebeyos que servía en el ejército, que aprovechó la desfavorable coyuntura de política exterior para plantear su «golpe de Estado», al negarse a formar en las filas de la infantería legionaria y amenazar con constituir una nueva ciudad, eventualmente aliada a los propios enemigos de Roma, si el Estado patricio no los reconocía, al menos, como comunidad y aceptaba como interlocutores válidos a sus representantes revolucionarios, naturalmente investidos de una serie de derechos que los tornara inviolables: los tribunos de la plebe, cuyo origen institucional en ocasiones se identifica con los tribunos militares o comandantes del ejército, que se habrían puesto a la cabeza de la secesión, y que muestran claramente cómo su poder había nacido por vía cuasi revolucionaria.
Gradualmente y no como consecuencia de su propia creación, los tribunos desarrollaron las dos funciones que los convertían en pilar del movimiento plebeyo: el auxilium y la intercessio. Por la primera, el tribuno tenía el derecho y la obligación de proteger al plebeyo condenado por la justicia patricia, utilizando precisamente como arma la intercessio, o veto contra la magistratura patricia, veto que, al desarrollarse, puso en las manos del tribuno una potentísima arma con la que podía incluso paralizar el normal funcionamiento del Estado.
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fecha:
1 jun 494 año aC
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