1 ene 1926 año - Ley 47 de 1926
Descripción:
Por la cual se fomenta la colonización de los baldíos y se modifica la Ley 71 de 1917. Articulo 1: oda persona puede adquirir, como colono o cultivador, título de propiedad sobre los terrenos baldíos en donde se haya establecido con casa de habitación y cultivos permanentes, como plantaciones de café, cacao, caña de azúcar, o sementeras de trigo, papa, maíz, arroz, etc., en una extensión no mayor de diez (10) hectáreas y otro tanto de lo cultivado. Se generan tensiones en los partidos alrededor de esta ley y aparte hay mucho dinamismo porque hay mucha inversión extranjera
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fecha:
1 ene 1926 año
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