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August 1, 2025
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8 set 2013 ano - Solicitud formal Consulta Popular

Descrição:

El trámite legal inició a través de un derecho de petición radicado el 31 de marzo de 2017 por el presidente de la Asociación de Juntas de Acción Comunal del Municipio de Ortega - Tolima, -Asojuntas- y 34 Gobernadores indígenas, quienes de manera formar le solicitaron al alcalde del municipio de Ortega convocar a la realización de consulta popular, cuyo propósito se especificó en la protección del territorio de la amenaza de empresas nacionales y multinacionales mineras y petroleras.

Se debe recordar que dicha solicitud fue negada por el representante del ente territorial por tratarse esa de la fuente de economía del municipio, por eso el comité promotor de la consulta popular, de iniciativa ciudadana, decidió inscribir ese mismo año ante la Registraduría municipal de Ortega la consulta denominada: Consulta Popular contra actividades mineras y de hidrocarburos en el municipio de Ortega Tolima, por la defensa del medio ambiente sano y la protección del territorio.

De acuerdo a ello se logró mediante el comité recolectar a fecha del 12 de junio de 2017 8.777 firmas de apoyo pero se avalaron 5338, que representa más del 20% del censo electoral territorial-1; y mediante Resolución 004 del 09 de noviembre de 2017.

En su momento la Registraduría territorial certificó que sí cumplían con los requisitos de la Consulta propuesta, ordenándose comunicar la mencionada Resolución al Concejo Municipal de Ortega.

Concejo oposición

El Concejo Municipal de Ortega Tolima emitió concepto de no viabilidad sobre el mecanismo de participación propuesto, por tal motivo se inició una acción de tutela contra la Corporación ante el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal, el cual mediante las pruebas y hechos allegados declaró dejara sin efectos el concepto negativo emitido por el Concejo Municipal de Ortega, y en su lugar realizar las gestiones correspondientes para que se llevara a cabo el plurimencionado mecanismo de participación ciudadana.

Dicho mecanismo fue remitido también al Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Ibagué, quien declaró la falta de competencia para conocer del asunto, en consideración a que a quien le correspondía su revisión de constitucionalidad era al Tribunal Administrativo del Tolima, quien a final del mes de julio de 2018, pasado un año de haber iniciado el proceso legal, determinó que la pregunta es inconstitucional.

Fuente: https://www.ecosdelcombeima.com/region/nota-130614-tribunal-administrativo-del-tolima-declaro-inconstitucional-la-consulta-popular

Adicionado na linha do tempo:

Data:

8 set 2013 ano
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