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August 1, 2025
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30 juin 1890 - Ley 89 de 1890 “por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada”

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Fuente: Sanchez Lopez 2021 Conflicto Agrario Y Democracia Indígena En El Tolima. El Gran Resguardo Ortega-Chaparral 1930-38

"Para la segunda mitad del siglo XIX, la política de Estado buscó impulsar el ingreso al mercado exterior y al libre comercio mediante la expropiación de bienes de la iglesia y la supresión de los resguardos. En 1849, durante la presidencia de José H. López se inició una ardua batalla por suprimir los resguardos hasta la Constitución de 1886, y en medio, el Decreto del 9 de septiembre de 1861 de la Recopilación de las disposiciones fundamentales i reglamentarias sobre crédito nacional i desamortización de bienes de manos muertas de la Confederación Granadina. 15

Para fines del siglo, la Ley 89 de 1890 “por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada” por medio de Misiones, estableció la legislación que regiría los asuntos de tierras, resguardos y organización de cabildos. En especial el capítulo 5 “División de terrenos de resguardos” fue el punto problemático en 1930, pero también
fue esta ley la que les permitió a los indígenas defenderse jurídicamente desde la legalidad. Otras tres leyes que conflictuaron con la propiedad comunal fueron la ley 5 de 1905 que ratificó la subasta pública y los derechos
de los rematadores, la ley 104 de 1919 que corroboró la división de resguardos y que castigaba la oposición indígena 16 y la ley 19 de 1927 ‘‘sobre división de resguardos
indígenas’’.

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fuente: José María Rojas, “Ocupación y
recuperación de los territorios indígenas en
Colombia.” Análisis político, n. 41 (2000): 69-83. citado en: Sanchez Lopez 2021 Conflicto Agrario Y Democracia Indígena En El Tolima. El Gran Resguardo Ortega-Chaparral 1930-38

Principalmente en los períodos de estado federado, durante el siglo XIX, procedió a la repartición de los territorios de resguardo. Y cuando se llega en 1886 a una forma estable, centralizada, se expide en 1890 la Ley 89 que le va a permitir, durante todo el siglo XX, un asidero legal a los indígenas para defender los
resguardos supervivientes y activar el proceso de recuperación de los que estaban prácticamente disueltos.
Un caso notable es el del gran resguardo de Ortega y Chaparral a cuya recuperación dedicó Quintín Lame. A pesar de haber llegado hasta la protocolización por escritura pública en abril de 1942, las autoridades locales negaron la existencia del resguardo, contando siempre con el apoyo de la Gobernación del Tolima.

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fuente: Sanchez Lopez 2021 Conflicto Agrario Y Democracia Indígena En El Tolima. El Gran Resguardo Ortega-Chaparral 1930-38

Por medio de mecanismos legales, las comunidades indígenas que sobrevivieron en los municipios de Ortega, Chaparral, Coyaima y Natagaima a inicios del siglo XX, insistieron en la defensa de sus territorios comunales ante
la apropiación de los terratenientes. 39 Los instrumentos jurídico-legales ‘‘se articularon a procesos culturales de producción y reinscripción de símbolos y significados de
solidaridad y colectividad asociados a la memoria de los coyaimas y natagaimas.’’ 40 Es este conflicto entre los conocimientos en materia jurídica que tuvieron los indíge-
nas y que se reforzaron con la llegada de Lame en 1922, y la estrategia política de las autoridades municipales, de la mano con los terratenientes, enfocados en impedir la
reconstitución del Gran Resguardo de Ortega y Chaparral, donde se insertó el problema de fondo, pues se buscó la manera en que los indígenas no se pudieran amparar en la Ley 89 de 1890.



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Fuente: Sanchez Lopez 2021 Conflicto Agrario Y Democracia Indígena En El Tolima. El Gran Resguardo Ortega-Chaparral 1930-38

Recordemos pues que uno de los elementos de la Ley 89 de 1890, era que solo podía regir cuando estos aún no entraran dentro de la categoría de ‘‘civilizados’’, porque si se civilizaban, los regiría en asuntos de tierra las leyes generales de la República.

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fuente: Espinoza 2007 M E M O R I A C U LT U R A L Y E L C O N T I N U O D E L G E N O C I D I O : L O I N D Í G E N A E N C O L O M B I A

Éste último [el genocidio indígena reorganizador] tiene como escenario las medidas de
concentración y asimilación tomadas a finales del siglo XIX con respecto a los indígenas (Ley 89 de 1890) dentro del proyecto de nación impulsado por la Regeneración, el cual revirtió la igualdad ciudadana que le había sido otorgada a los indígenas en 1821 (Roldán Ortega, 2000).

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Date:

30 juin 1890
Maintenaint
~ Il y a 135 ans