6 juill. 1991 - Constitución Política de la República de Colombia 1991. Artículo 79.
Todas las personas tienen derecho a
gozar de un ambiente sano. La ley
garantizará la participación de la
comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
Ajouté au bande de temps:
Linea de Tiempo de Normatividad en Gestión Ambiental
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