4 févr. 1813 - 1813
Libertad de Vientres en las Provincias Unidas del Río de la Plata
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La Asamblea del Año XIII más que abolir la esclavitud dispuso la libertad de vientres. En el decreto del 4 de febrero de 1813 puede leerse: “Los niños que nacen en todo el territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, sean considerados y tenidos por libres, todos los que en dicho territorio hubiesen nacido desde el 31 de enero de 1813 inclusive en adelante, día consagrado a la libertad por la feliz instalación de la Asamblea General, bajo las reglas y disposiciones que al efecto decretará la Asamblea General Constituyente”. Dicho congreso declaró libre a todos los esclavos de países extranjeros, por el sólo hecho de pisar nuestro territorio; y el 6 de marzo de 1813, reglamentó la crianza y educación de los liberados, ordenando además, que cumpliendo 20 años, la persona debía ser emancipada por su patrón y dar cuenta éste del hecho a la policía.
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