30
/de/
AIzaSyAYiBZKx7MnpbEhh9jyipgxe19OcubqV5w
April 1, 2024
3752405
318627
2

10 Jun 2011 Jahr - Reforma pro persona

Beschreibung:

Reforma al artículo 1ª constitucional en sus párrafos primero y quinto y adicionado con dos párrafos –segundo y tercero–, para quedar de la siguiente manera:

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no po- drá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Zugefügt zum Band der Zeit:

Datum:

10 Jun 2011 Jahr
Jetzt
~ 12 years ago